Expedir los comprobantes fiscales de nómina en su formato correcto y sin errores en el llenado de su información es fundamental para que las empresas en México cumplan con sus obligaciones fiscales y conserven la deducibilidad de sus gastos. De acuerdo con el artículo 99, fracción III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), los patrones deben expedir CFDI por los pagos hechos a sus trabajadores. Además, el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación establece que estos comprobantes deben cumplir con los requisitos necesarios para ser válidos ante la autoridad fiscal.De esta manera, el comprobante de nómina digital es una prueba de la relación de pago que hay entre un trabajador y una empresa o persona y puede emplearse para deducir impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).Según lo compartido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), los requisitos de un CFDI de nómina son los siguientes:Si expediste un CFDI de nómina en el año 2024 y este presentó errores o datos omitidos en su llenado, ¡tranquilo! Todavía puedes corregirlos, pues cuentas hasta el viernes 28 de febrero para aprovechar la facilidad que te da la Regla 2.7.5.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2025 para que corrijas los CFDI de nómina 2024 que tengan errores u omisiones y puedas hacerlos deducibles.De esta manera, los contribuyentes mexicanos que durante el ejercicio fiscal 2024 hayan emitido CFDI de nómina que presenten errores u omisiones en su llenado o en su versión digital, aún podrán corregir su información siempre que se cancelen estos comprobantes para generar nuevos antes del 28 de febrero de 2025.El nuevo CFDI de nómina se considerará emitido en el ejercicio fiscal 2024, siempre y cuando refleje como fecha de pago el día correspondiente a 2024 en que, en efecto, se hizo el pago asociado al comprobante.Es importante tomar en consideración que la aplicación de este deducible no libera a los contribuyentes de hacer el pago de la diferencia no cubierta, considerando también su actualización y recargos que en su caso procedan.* * * Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp * * *MS