Atención, conductor. El Servicio de Administración Tributaria (SAT), organismo fiscal en México que se encarga de la recaudación y administración de impuestos continúa implementando medidas para evitar que los contribuyentes no ejecuten la evasión de obligaciones fiscales, entre las cuales también, como sabemos, se incluyen diferentes sanciones.En este caso, el SAT ha puesto la mira en aquellos conductores que en este 2025 tengan multas o infracciones en carreteras y hayan sido multados por la Guardia Nacional (GN), las cuales, informan, deberán de pagar en tiempo y forma antes de que termine el mes de febrero para evitar una segunda multa de hasta $17 mil pesos.Conoce aquí los detallesSi fuiste multado y no has pagado tu infracción dentro del plazo establecido, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podría comenzar un procedimiento de cobranza coactiva. El plazo para pagar una multa de tránsito sin incurrir en cobranza coactiva puede variar dependiendo de la legislación de cada entidad. Por lo regular, este plazo suele ser de 30 días hábiles tras el levantamiento de la infracción.Cabe señalar que este procedimiento comprende una serie de medidas legales. En primer lugar, el SAT te enviará un requerimiento de pago formal, que exige saldar inmediatamente la deuda.Si el conductor no cumple con esta solicitud del SAT, el organismo fiscal puede tomar acciones más serias, como lo puede ser la solicitud de embargo de bienes.Por otro lado, en ciertos casos, se puede imponer la suspensión de la licencia de conducir, hasta que se liquide la multa correspondiente.Según lo compartido en el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, la Guardia Nacional (GN) en México puede imponer multas por diferentes infracciones de tránsito.Las razones más comunes por las que te pueden multar son las siguientes:Si fuiste mutado por la Guardia Nacional (GN) ahora puedes obtener tu línea de captura marcando 088 desde tu teléfono celular o entrando a la página oficial del Gobierno de México (www.gob.mx).Si la infracción se abona dentro de los primeros 15 días tras su levantamiento, podrías ser acreedor a un descuento sobre el monto total.De la misma manera, si el infractor acepta la multa y renuncia a su derecho de apelación, puede recibir un descuento extra del 25 por ciento. * * * Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp * * *MS