Domingo, 09 de Marzo 2025

¿Cuáles son los programas del Bienestar que dan pago de marcha?

El pago se entrega en una sola exhibición y el monto se determina de acuerdo con el programa del que era parte el fallecido

Por: El Informador

El Pago de Macha es un apoyo económico que se entrega a la persona auxiliar o beneficiario del derechohabiente. ESPECIAL/Imagen de Carolyn Booth en Pixabay/Programas para el Bienestar

El Pago de Macha es un apoyo económico que se entrega a la persona auxiliar o beneficiario del derechohabiente. ESPECIAL/Imagen de Carolyn Booth en Pixabay/Programas para el Bienestar

El denominado Pago de Macha es un apoyo económico que se entrega en una sola exhibición a la persona auxiliar o beneficiario del derechohabiente.

Las reglas de operación de determinados programas de la Secretaría del Bienestar dictaminan la entrega de un estímulo económico en caso de fallecimiento del beneficiario. De este modo, el denominado Pago de Marcha hace referencia al dinero que se le otorga a la persona auxiliar o beneficiario del titular del programa social.

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¿Qué programas del Bienestar otorgan Pago de Marcha?

De acuerdo con el sitio oficial de Programas para el Bienestar, el Pago de Marcha está disponible en la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, la Pensión Bienestar de las Personas con Discapacidad y la Pensión Mujeres Bienestar.

El pago se entrega en una sola exhibición y el monto se determina de acuerdo a la pensión que recibía el fallecido:

  • Pensión para los adultos mayores: 3 mil 100 pesos
  • Pensión para las personas con discapacidad: mil 600 pesos
  • Pensión Mujeres Bienestar: mil 500 pesos

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¿Qué hacer para recibir el Pago de Marcha?

Para poder acceder al monto, es necesario notificar la muerte del derechohabiente en la Línea del Bienestar, al número 800 639 42 64, en un horario de 8:00 am a 9:00 pm de lunes a viernes y de 9:00 am a 7:00 pm en fines de semana y días de asueto.

Al momento de llamar, es importante que la persona tenga a la mano el acta de defunción o constancia médica de fallecimiento del derechohabiente, pues durante la comunicación la operadora solicitará algunos datos contenidos en estos documentos, entre otros datos personales.

La persona auxiliar recibirá instrucciones durante la llamada para recibir el pago. Luego del trámite correspondiente, el pago se emitirá en al siguiente bimestre.

Para poder acceder al Pago de Marcha es necesario que la persona responsable notifique el deceso dentro del tiempo límite estipulado por el programa, es decir, dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento.

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MB

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