Lunes, 24 de Febrero 2025

Declaración Anual 2025: estas son las personas a las que el SAT no devolverá saldo a favor

De acuerdo con la Resolución de la Miscelánea Fiscal, la devolución de los montos por saldo a favor está sujeta a ciertos criterios

Por: El Informador

Las multas por no presentar la Declaración Anual van de los mil 810 a los 44 mil 790 pesos. ESPECIAL/Imagen de Towfiqu barbhuiya en Pexels

Las multas por no presentar la Declaración Anual van de los mil 810 a los 44 mil 790 pesos. ESPECIAL/Imagen de Towfiqu barbhuiya en Pexels

La Declaración Anual es una obligación fiscal para personas físicas y morales en el territorio mexicano. A través de este procedimiento, existe la posibilidad de que los contribuyentes generen un saldo a favor y reciban de regreso parte de los impuestos pagados durante el periodo. Sin embargo, de acuerdo con la Resolución de la Miscelánea Fiscal, la devolución de los montos está sujeta a ciertos criterios.

La Declaración Anual permite dar reporte de los ingresos , deducciones, retenciones y el pago de impuestos de personas físicas y morales durante el ejercicio fiscal anterior. Si se realizaron pagos en exceso, se puede obtener el saldo a favor. Sin embargo, no presentarla a tiempo puede generar sanciones económicas por incumplimiento.

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Así, este año la fecha límite para que las personas morales presenten su declaración anual es el 31 de marzo, mientras que las personas físicas tienen como límite el 30 de abril. Pese a ello, se recomienda efectuar el procedimiento lo antes posible y no esperar al último momento.

¿Qué personas no podrán recibir saldo a favor en su declaración anual?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece en sus normativas que las personas físicas que cumplan con alguno de los siguientes rubros no tendrán acceso a la devolución de saldo:

  • Aquellas que tuvieron ingresos por bienes o negocios copropiedad, sociedad conyugal o sucesión en el ejercicio fiscal anterior.
  • Declararon cuando ya venció el plazo establecido.
  • Las que debían presentar su declaración con e.firma o e.firma portable y lo hicieron con contraseña.
  • Las que no seleccionaron la opción de devolución al momento de presentar su declaración anual normal o complementaria.
  • Las que busquen la devolución por ejercicios fiscales distintos al año inmediato anterior.
  • Las que soliciten devoluciones superiores a 150 mil pesos.
  • Tuvieron su certificado digital cancelado por el SAT en el ejercicio fiscal anterior.

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Además del saldo a favor, parte de los beneficios de presentar tu declaración a tiempo es mantener un buen historial fiscal, fundamental para la obtención de créditos e hipotecas.

El artículo 82 del Código Fiscal de la Federación establece que las multas por incumplimiento van de los mil 810 a los 44 mil 790 pesos.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar el saldo a favor en el SAT?

Las personas que sí pueden acceder a la devolución de los montos deben tener a la mano una contraseña o e.firma vigente, además de un estado de cuenta bancario no mayor a dos meses de antigüedad donde sea visible el RFC y la CLABE interbancaria. También se debe presentar una identificación oficial y cumplir con las fichas de trámites correspondientes: 9/CFF y 10/CFF, de acuerdo con el tipo de devolución solicitada.

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MB


 

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