El cumplimiento de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) representa una de las obligaciones patronales más relevantes del marco jurídico mexicano; debido a esto, al llegar el periodo de dispersión en 2026, surge la interrogante recurrente sobre la vigencia de este derecho para quienes ya no forman parte de una organización.De acuerdo con las disposiciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el derecho al reparto de utilidades es irrenunciable y no se extingue por la conclusión de la relación laboral, ya sea por renuncia voluntaria o despido.La normativa establece que este beneficio se genera por el esfuerzo realizado durante el año fiscal 2025, garantizando que el trabajador perciba la parte proporcional que le corresponde.Para que un extrabajador pueda acceder a este pago en 2026, es imperativo que haya laborado al menos 60 días de forma continua o discontinua durante el año 2025. Según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), el motivo de la separación del cargo no invalida el derecho, siempre que se cumpla con el periodo mínimo de servicio. El proceso para asegurar la recepción de este recurso se sintetiza en los siguientes puntos normativos: La legislación laboral mexicana ofrece mecanismos de defensa gratuitos para quienes enfrentan negativas de pago. De acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo, las empresas están obligadas a proporcionar una copia de la declaración anual a los representantes de los trabajadores para transparentar la existencia de utilidades distribuibles. Si el exempleado no cuenta con esta información, puede acudir a la PROFEDET para recibir orientación jurídica y mediación."El reparto de utilidades es un derecho constitucional que estimula la productividad y la justicia social", señalan las guías técnicas del Gobierno de México.Es fundamental que los interesados se mantengan atentos a los canales oficiales de comunicación de sus antiguos centros de trabajo, ya que muchas organizaciones publican avisos específicos para extrabajadores.En caso de detectar irregularidades o falta de respuesta, la inspección federal del trabajo es el organismo facultado para realizar auditorías y sancionar a las empresas que incumplan con esta prestación de ley.JM