Jueves, 07 de Mayo 2026

Huelga del Nacional Monte de Piedad llega a la Corte; ¿qué sigue?

La SCJN puede atraer el caso a su competencia o devolverlo al Tribunal Colegiado de Circuito, que entonces deberá emitir el fallo que, en cualquier caso, será definitivo

Por: G. Solano

El recurso de revisión fue presentado por la representación de los trabajadores después de que, el 20 de febrero de 2026, un juez de Distrito en Materia de Trabajo declaró inexistente la huelga. EL INFORMADOR/A. Navarro

El recurso de revisión fue presentado por la representación de los trabajadores después de que, el 20 de febrero de 2026, un juez de Distrito en Materia de Trabajo declaró inexistente la huelga. EL INFORMADOR/A. Navarro

Un Tribunal Colegiado de Circuito solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atraer el recurso de revisión promovido por el sindicato de trabajadores del Nacional Monte de Piedad para determinar la existencia legal o no de la huelga, la cual ya ha superado los siete meses y mantiene cerradas todas sus sucursales en el país.

El recurso de revisión fue presentado por la representación de los trabajadores después de que, el 20 de febrero de 2026, un juez de Distrito en Materia de Trabajo declaró inexistente la huelga al determinar que el sindicato no cumplió con sus propios requisitos estatutarios.

En caso de que la SCJN rechace la revisión por considerarlo un tema “legal” y no “constitucional”, será el Tribunal Colegiado de Circuito el que deba pronunciarse al respecto. En cualquier caso, la sentencia sobre la legalidad o ilegalidad de la huelga será definitiva.

Esta instancia permite vislumbrar el desenlace del conflicto, aunque también anticipa que éste podría no llegar pronto.

La decisión de la SCJN sobre si ejercer o no la facultad de atracción podría extenderse por más de dos semanas y, en caso de hacerlo, se procedería a la elaboración de un proyecto de resolución y a una votación que podría tomar varios meses.

Para que un ministro tome el caso y redacte un proyecto de sentencia podría requerirse incluso más de un año.

Si la SCJN no ejerce la facultad de atracción y devuelve el expediente al Tribunal Colegiado, éste tendrá que resolver en definitiva, lo que podría tomar entre uno y tres meses.

¿Qué podría pasar si la huelga se declara inexistente?

  • Los trabajadores tendrían que levantar la huelga dentro de un plazo determinado.
  • En caso de no regresar al trabajo, la administración del Monte de Piedad podría concluir la relación laboral sin responsabilidad para la institución.
  • La institución no tendría obligación de pagar salarios caídos.
  • Las sucursales podrían reabrir incluso con intervención de la fuerza pública.
  • Aun en este escenario, una negociación con el sindicato seguiría siendo la mejor opción para el patronato del Monte de Piedad, pues los despidos masivos limitarían su operatividad y podrían derivar en demandas individuales.

¿Qué podría pasar si la huelga se declara existente?

  • El Monte de Piedad permanecería cerrado y la institución no podría contratar personal sustituto.
  • Habría pago de salarios caídos al final de la huelga.
  • La negociación se volvería inevitable, con el patronato del Monte de Piedad en una posición de desventaja.
Todas las sucursales del Monte de Piedad permanecen cerradas desde el 1 de octubre del  2025. EL INFORMADOR/A. Navarro

Jueza cita a líderes sindicales y miembros del patronato a negociar el lunes 11 de mayo

En espera de la postura de la SCJN, la jueza de distrito Graciela Treviño, adscrita al Tribunal Laboral Federal de Asuntos Colectivos, citó a los siete miembros del patronato y a los líderes del sindicato para reunirse el próximo lunes 11 de mayo y buscar una solución al conflicto.

“La prolongación del movimiento de huelga y sus efectos sobre las personas trabajadoras, así como sobre la propia operación institucional, hacen indispensable la presencia de quienes cuentan con atribuciones suficientes para participar de manera directa en la toma de decisiones relacionadas con el presente asunto”, mencionó la jueza.

La reunión con los miembros del patronato ha sido una de las principales demandas del sindicato, que ha acusado dilación en las negociaciones por tener que tratar con abogados externos y empleados de confianza “que no tienen las facultades legales para llegar a acuerdos definitivos”.

La Secretaría del Trabajo lanza propuesta de resolución

El 2 de mayo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) emitió un boletín en el que se ofreció a elaborar una propuesta “democrática e inmediata” para solucionar la huelga.

Entre sus principales puntos destacan:

  • La propuesta sería elaborada por la Secretaría del Trabajo y el Centro Federal. El espíritu y la letra de este dictamen honrarán el Contrato Colectivo de Trabajo, la Ley Federal del Trabajo y la historia del Nacional Monte de Piedad, así como la aspiración de dar futuro a la institución y retomar un entorno laboral y productivo de plena legalidad, paz, democracia y concordia.
  • Se propone que este dictamen sea sometido a votación general y secreta de los trabajadores del Monte de Piedad para que sean ellos quienes avalen o rechacen la propuesta de solución.
  • Si las partes rechazan de entrada este planteamiento sin someterlo a votación de los trabajadores, la Secretaría las exhorta a que, en un acto de responsabilidad y compromiso con los afectados por el conflicto, se sienten en una mesa de diálogo aportando propuestas concretas que permitan poner fin pronto a la huelga, o acudan de inmediato ante el Poder Judicial para resolver de fondo este conflicto y solicitar la calificación de imputabilidad.

La elaboración de un dictamen de cumplimiento obligatorio para ambas partes había sido una de las peticiones del patronato del Nacional Monte de Piedad.
 

Temas

Recibe las últimas noticias en tu e-mail

Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día

Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones