Viernes, 27 de Diciembre 2024

#Verificado2018 Promociones en negocios si gana AMLO, ¿son legales?

La Fiscalía para la Atención a Delitos Electorales alerta que las empresas que prometen comida y servicios gratis, en caso de que gane López Obrador la Presidencia, podrían incurrir en un delito electoral

Por: Verificado 2018 - Irene Larraz

La FEPADE cita la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que establece sanciones desde una amonestación pública hasta 883 mil pesos. ESPECIAL

La FEPADE cita la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que establece sanciones desde una amonestación pública hasta 883 mil pesos. ESPECIAL

La FEPADE cita la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que establece sanciones desde una amonestación pública hasta 883 mil pesos. ESPECIAL

La FEPADE cita la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que establece sanciones desde una amonestación pública hasta 883 mil pesos. ESPECIAL

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La FEPADE cita la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que establece sanciones desde una amonestación pública hasta 883 mil pesos. ESPECIAL

#Verificado2018 Promociones en negocios si gana AMLO, ¿son legales?

#Verificado2018 Promociones en negocios si gana AMLO, ¿son legales?

Si gana Andrés Manuel López Obrador, sus electores podrán recibir desde un concierto gratis de un grupo rancher hasta alitas de pollo, cerveza o un “baile privado” en un table dance.

La Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) ya ha emitido una circular alertando que estos negocios podrían estar incurriendo en un delito electoral.

Las ofertas se han hecho llegar a través de facebook y son de simpatizantes de Morena, que dicen no contar con el “aval” de la dirigencia de su partido.

El grupo musical de rancheras Tierra Cali, por ejemplo, publicó un mensaje en Facebook en donde anuncia que "se hará una encuesta para saber en qué ciudad se compartió más y nos comprometemos a regalar un concierto gratis ahí", y ya cuenta con más de 30 mil interacciones.

El table dance de San Luis de Potosí, Tavares Men’s Club, ofreció “el primer privado gratis” y 23 mil personas reaccionaron a la publicación.

Otro de los que ofrecieron una promoción es el restaurante Wings&Drinks, que prometió regalar mil litros de cerveza y mil alitas, o el Mesón de Don Camarón, en Orizaba, Veracruz, que ofreció 300 filetes de pescado, a entregarse un día después del anuncio oficial del resultado de las elecciones.

A estos se suman La Pozolería de Barrio, en el Estado de México, que invita a pozole y cerveza gratis, y el Red Irish, en Tijuana, que ofrece cerveza y nachos con queso hasta agotar existencias.

Pero ninguno de estos establecimientos tomó en cuenta que esto puede considerarse compra de votos.

En un comunicado, la FEPADE dice que estas promociones “constituyen una infracción” al realizar “una promesa de alguna contraprestación, para votar por un candidato, durante la campaña electoral”.

Las sanciones van desde una multa de entre cuatro mil 418 a ocho mil 836 pesos hasta prisión de seis meses a tres años, a quien “solicite votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestación, o bien mediante violencia o amenaza, presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma”, según la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

La FEPADE también cita la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que establece sanciones desde una amonestación pública hasta 883 mil pesos por: “La entrega de cualquier tipo de material que contenga propaganda política o electoral de partidos, coaliciones o candidatos, en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo, a través de cualquier sistema que implique la entrega de un bien o servicio, ya sea por sí o interpósita persona está estrictamente prohibida a los partidos, candidatos, sus equipos de campaña o cualquier persona. Dichas conductas serán sancionadas de conformidad con esta Ley y se presumirá como indicio de presión al elector para obtener su voto”, según el artículo 209, numeral 5.

María del Carmen Nava, experta en temas legislativos y directora de Visión Legislativa, señala que en estos casos, aunque el anuncio no esté condicionando el voto, el llamado a votar por un candidato está implícito, y eso es lo que se busca prevenir. “Una cosa es promover el voto en sí mismo, la participación, que no es delito, y otra es apelar a una candidatura en particular. Si vinculas un beneficio con una candidatura, estás buscando que haya un beneficiario; es propaganda disfrazada”, precisa Nava.

Paula Sofía Vásquez, consultora en Strategia Electoral, explica que “la interpretación es: si te estoy ofreciendo un beneficio si gana alguien es igual a que te estuviera incitando a votar por alguien. Eso puede suponer una multa”.

Ante la alerta de la FEPADE, la Pozolería del Barrio desactivó su promoción y publicó: “Si incurrimos en un delito o no, no lo sabemos; lo que sí sabemos es que lo que se hizo se hizo como un ejercicio publicitario con libertad de expresar nuestras preferencias políticas, queríamos festejar a nuestra manera y con nuestro propio recurso a todos aquellos que así lo deseen sin condicionar en ningún momento el voto”.

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