Jueves, 30 de Enero 2025

¿Qué es la tentativa de feminicidio? Delito por el que 'Fofo' Márquez pasará 17 años en prisión

"Fofo” Márquez golpeó brutalmente a una mujer de 52 años en Naucalpan, el pasado 2024, hecho que fue grabado a través de cámaras de seguridad y que fue determinante para su sentencia

Por: Nancy Andrade Jáuregui

En nuestro Código Penal Federal el feminicidio se encuentra tipificado en el artículo 325. ESPECIAL/SUN/ ARCHIVO.

En nuestro Código Penal Federal el feminicidio se encuentra tipificado en el artículo 325. ESPECIAL/SUN/ ARCHIVO.

El influencer Rodolfo “N” conocido como “Fofo” Márquez fue sentenciado a 17 años y seis meses de prisión, por el delito de feminicidio en grado de tentativa, tras golpear brutalmente a una mujer de 52 años en Naucalpan, Estado de México, el 22 de febrero del 2024, hecho que fue grabado a través de cámaras de seguridad y que fue determinante para su sentencia.

Ante la sentencia, se ha generado un tema de conversación en redes sociales, sobre cuáles son las razones por las que se determinó otorgarle más de 17 años de prisión al creador de contenido, pues mientras algunos aseguran que es mucho tiempo, otros opinan que debieron otorgarle la pena máxima. 

Lee también: Sentencian a 17 años de prisión a ‘Fofo’ Márquez por el delito de feminicidio en grado de tentativa

Las diferencias entre feminicidio, tentativa de feminicidio y homicidio

El feminicidio es la forma más extrema de violencia contra la mujer por razones de género y una de las manifestaciones más graves de la discriminación contra ellas.

En nuestro Código Penal Federal el feminicidio se encuentra tipificado en el artículo 325: “Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género.  Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  1. La victima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
  2. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;
  3. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;
  4. Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;
  5. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;
  6. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;
  7. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.”

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Mientras que la tentativa de feminicidio se refiere a cualquier acción u omisión que tenga el objetivo de acabar con la vida de una mujer, motivada por razones de género, sin lograr el cometido, lo que deja daños psicológicos y físicos en la víctima. 

La tentativa de feminicidio no debe confundirse con la tentativa de homicidio, la cual no está relacionada con el género de la víctima.

En ese sentido y de acuerdo con lo establecido en el Código Penal del Estado de México, la sentencia por tentativa de feminicidio es de 13 a 46 años de prisión.

NA

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