Martes, 11 de Marzo 2025

Insta SCJN a los jueces a revocar suspenciones contra reforma judicial

El pleno no alcanzó los seis votos necesarios para exhortar al TEPJF, Senado, al INE y a los Comités de Evaluación para que acaten las medidas cautelares emitidas contra la reforma

Por: Agencias

Los ministros señalaron que el Tribunal Electoral rompió la cadena del amparo. ESPECIAL

Los ministros señalaron que el Tribunal Electoral rompió la cadena del amparo. ESPECIAL

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no tiene jurisdicción para invalidar los juicios de amparo que fueron interpuestos contra la elección judicial.

Además, ordenó a los jueces que emitieron suspensiones contra la reforma judicial, revisar sus fallos en un plazo de 24 horas.

El fallo de los ministros determinó que tres resoluciones del TEPJF “son opiniones que no tienen la capacidad de invalidar órdenes de suspensión en juicios de amparo” contra la elección judicial, pues sólo pueden ser confirmadas, modificadas o revocadas por los Tribunales Colegiados de Circuito o la propia Suprema Corte.

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena señaló que “las suspensiones de los jueces de amparo estuvieron mal concebidas por versar sobre materia electoral y deben revocarse, pero esto no autoriza a la Sala Superior (del TEPJF) para irrumpir la cadena impugnativa del amparo”.

Sin embargo, el pleno no alcanzó los seis votos necesarios para exhortar al TEPJF, Senado, al INE y a los Comités de Evaluación para que acaten las medidas cautelares emitidas contra la reforma judicial.

Ante esta situación, la magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la federación, Mónica Soto, aseguró que no están subordinados a ninguna autoridad jurisdiccional y advirtió que ante una posible intromisión responderán con la Constitución, ante la discusión de la SCJN sobre las suspensiones a la elección judicial.

Durante el informe de la Sala Especializada del TEPJF, subrayó que sus facultades y competencias son un mandato constitucional y convencional.

“El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no está subordinado a ninguna otra autoridad jurisdiccional. Este órgano jurisdiccional a lo largo de más de tres décadas ha sabido adaptarse a los cambios sociales y constitucionales y legales, aportando solidez al desarrollo democrático de nuestro país”, aseveró.

La magistrada expuso que no existe ninguna disputa competencial con ninguna otra autoridad y que no buscan asumirse como superiores jerárquicos de alguna otra autoridad, pero no permitirán ninguna intromisión a sus competencias y sentencias, las cuales son inatacables.

“No tienen cabida los adjetivos ni las expresiones que buscan menospreciar lo sostenido por alguna de las partes, ni minimizar lo establecido en nuestra Constitución. Sigamos adelante con la unidad que siempre ha caracterizado a esta institución y con la convicción de que la justicia electoral es un pilar fundamental para la estabilidad y el desarrollo y consolidación de nuestra democracia”, expresó.

CT

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