Jueves, 27 de Febrero 2025

Pensión IMSS: Estos son los requisitos para solicitar la pensión por vejez

El periodo mínimo de cotización requerido varía dependiendo del régimen bajo el cual el asegurado haya cotizado

Por: El Informador

Si cuenta con al menos 750 semanas de cotización, tendrá derecho a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad. Unsplash / Canva

Si cuenta con al menos 750 semanas de cotización, tendrá derecho a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad. Unsplash / Canva

Las pensiones por cesantía en edad avanzada o vejez son beneficios otorgados a los asegurados que han alcanzado la edad de 60 o 65 años, según corresponda, y que cumplen con el período mínimo de cotización estipulado por la Ley del Seguro Social. 

Además, el asegurado debe haber causado baja en el Régimen Obligatorio del Seguro Social, estar privado de trabajo remunerado y tener sus derechos vigentes ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

El periodo mínimo de cotización requerido varía dependiendo del régimen bajo el cual el asegurado haya cotizado. Para los asegurados bajo la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, se exigen 500 semanas de cotización. En cambio, para aquellos bajo la Ley del Seguro Social vigente desde el 1 de julio de 1997, se requieren  mil semanas. 

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Sin embargo, aquellos asegurados que estuvieran inscritos antes del 1 de julio de 1997 tienen la opción de elegir bajo cuál ley desean acogerse, mientras que los que solo tienen cotizaciones bajo la Ley del Seguro Social de 1997 no pueden optar por otra normativa. 

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la pensión por vejez?

En cuanto a los requisitos específicos de cada régimen, para aquellos bajo la Ley del Seguro Social de 1973, el asegurado debe tener al menos 60 años al momento de solicitar la pensión por cesantía en edad avanzada, o 65 años para la pensión de vejez. 

También debe haber causado baja en el régimen obligatorio del Seguro Social, estar privado de trabajo remunerado, haber estado inscrito bajo la Ley del Seguro Social hasta el 30 de junio de 1997 y contar con al menos 500 semanas de cotización registradas ante el IMSS. 

Además, el asegurado debe estar vigente en sus derechos ante el Instituto o dentro del período de conservación de derechos que prevé la ley. 

Para los asegurados bajo la Ley del Seguro Social de 1997, los requisitos son similares, con la diferencia de que deben contar con un mínimo de mil semanas de cotización. Si el asegurado no cumple con las mil semanas, pero ya tiene 60 años, tiene la opción de retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o continuar cotizando hasta alcanzar las semanas necesarias. 

Si cuenta con al menos 750 semanas de cotización, tendrá derecho a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad. 

¿Cuál es la documentación para para solicitar la pensión por vejez? 

Para poder realizar la solicitud de pensión, el asegurado debe presentar varios documentos. Entre ellos se encuentran una identificación oficial vigente con fotografía, como la credencial para votar o el pasaporte, en el caso de los mexicanos, o documentos migratorios en el caso de los extranjeros, como el pasaporte o visa de residencia. 

También se debe presentar un comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses, como una boleta predial, un recibo de luz o agua, o una constancia de residencia emitida por las autoridades municipales.

Adicionalmente, el asegurado debe proporcionar un documento expedido por la institución bancaria donde tenga su cuenta, indicando el número de cuenta y CLABE para recibir el pago de la pensión. 

En cuanto a los documentos que deberán quedar en el expediente, se solicita una copia certificada del Acta de Nacimiento, Acta de Adopción o Reconocimiento. Esta debe ser expedida por las oficinas del Registro Civil o las representaciones consulares de México en el extranjero, con la apostilla o legalización correspondiente si es necesario. También se aceptan actas de nacimiento en línea, siempre y cuando sean validadas por los servicios correspondientes del IMSS.

Finalmente, en el caso de aquellos que cuenten con la Carta de Naturalización, esta podrá sustituir el Acta de Nacimiento, pero se debe presentar una copia certificada por notario público para que se mantenga en el expediente. 

La documentación completa y correcta es esencial para iniciar el trámite de pensión y garantizar que se cumpla con todos los requisitos establecidos por la ley. 

Para mayor información, consulta el siguiente enlace: https://www.imss.gob.mx/tramites/imss01002 

EE

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