Miércoles, 25 de Diciembre 2024

Mario Aburto se queda a un voto de alcanzar su libertad

Los ministros de la Primera Sala de la Corte empataron a 2 la votación sobre el amparo que le otorgaría la libertad al asesino confeso de Luis Donaldo Colosio; otro de la Segunda Sala decidirá la cuestión

Por: SUN .

Mario Aburto Martínez. Cuando fue enjuiciado en 1994, se le juzgó por un delito federal, cuando debió ser por un delito del fuero común en Baja California. ESPECIAL

Mario Aburto Martínez. Cuando fue enjuiciado en 1994, se le juzgó por un delito federal, cuando debió ser por un delito del fuero común en Baja California. ESPECIAL

El futuro procesal de Mario Aburto Martínez, asesino confeso del excandidato presidencial del PRI, Luis Donaldo Colosio Murrieta, quedó en suspenso una vez más, luego de que los ministros de la Primera Sala de la Corte empataron a 2 la votación sobre el amparo que le otorgaría la libertad al michoacano.

En sesión del miércoles, los ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá y Loretta Ortiz se pronunciaron por confirmar la protección de la justicia a Aburto Martínez contra la condena de 45 años que se le dictó en 1994, mientras que los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Margarita Ríos Farjat lo hicieron por anular el amparo.

En consecuencia, el asunto será turnado a un ministro de la Segunda Sala de la Corte para que analice el caso y se vote en la siguiente sesión para romper el empate que se registró este miércoles.

Debido a que estaba impedido para votar porque, cuando era juez, intervino en el amparo a Othón Cortés, acusado de ser el segundo tirador en el caso Colosio, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, presidente de la Primera Sala de la SCJN, no votó el asunto.

La ministra Margarita Ríos Farjat expuso que no compartía el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara, que ordenaba reponer el procedimiento para llamar a juicio a las víctimas del delito.

"Hasta antes de la reforma constitucional en el año 2000, en 1994, fecha en que ocurrieron los hechos, las normas penales no establecían el reconocimiento de una calidad específica a las víctimas en los procesos, pues eran representadas por el Ministerio Público. Por ello, en este caso no se les dio la intervención dentro de la causa penal ni en el juicio de Amparo. Por esa razón, muy respetuosamente yo no puedo acompañar una propuesta que reabre un proceso donde la participación de las víctimas en la época de los hechos no tenía un alcance como el que ahora se pretende, una repetición que además puede alargar innecesariamente su juicio, generar revictimización y expectativas ilusorias a las víctimas indirectas donde el Ministerio Público ya ejerció la representación debida".

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