Los recursos acumulados en la cuenta administrada por la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) representan el monto que el trabajador recibirá como pensión cuando concluya su vida laboral.En caso de que el titular de la cuenta fallezca antes de jubilarse, el dinero permanecerá en la Afore que él mismo haya elegido. No obstante, estos fondos pueden ser reclamados por sus beneficiarios.De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) y conforme a lo estipulado en la Ley del Seguro Social, las personas que tienen derecho a reclamar los recursos de la cuenta de un trabajador fallecido son:Adicionalmente, tras la reforma a la Ley del Seguro Social que entró en vigor el 1 de enero de 2021, también pueden recibir los fondos de la cuenta individual aquellos beneficiarios que el titular haya designado explícitamente en los contratos de administración de fondos para el retiro. Esto aplica para los recursos que no estén destinados a la contratación de una pensión.Para acceder a los recursos de la cuenta de un trabajador fallecido, se debe cumplir con al menos uno de los siguientes requisitos:Si se cumple con alguna de las condiciones anteriores, el beneficiario deberá seguir estos pasos:Una vez completado el trámite, la Afore liberará los fondos correspondientes al régimen pensionario en un solo pago. Según información de la Consar, si el beneficiario no cumple con los requisitos para recibir una pensión, el total de los recursos acumulados en la cuenta será entregado en una única exhibición.BB