De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo ( PROFEDET), el pago del aguinaldo es una tradición muy antigua que se remonta al pueblo celta. En este lugar, al pago extraordinario que se realiza por navidad y año nuevo se le conocía como “eguinad”.Según la mentalidad celta, los mejores augurios para el año que empieza se atraen por medio de generosos regalos. Por este motivo, solían intercambiar dátiles y frutos secos cuando iniciaba un nuevo año.En México, el aguinaldo surgió en 1970 como una prestación obligatoria en la Ley Federal del Trabajo (LFT). Sin embargo, incluso antes de esto, algunos patrones regalaban una cantidad de dinero a sus trabajadores por las celebraciones decembrinas.En el artículo 87 de la LFT se estipula que todos los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual, el cual deberá corresponder al equivalente de mínimo quince días de sueldo, y deberá pagarse antes del día veinte de diciembre.Aquellos que no hayan cumplido un año de servicios, sin importar si están trabajando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a recibir la parte proporcional del mismo, de acuerdo con el tiempo trabajado, sin importar cuál haya sido.El pago del aguinaldo se deberá entregar antes del 20 de diciembre. De no ser así, la PROFEDET ofrece de manera gratuita los servicios de orientación y representación jurídica.Para ello, puedes ir a su oficina física en la Ciudad de México, ubicada en Dr. José María Vértiz 211, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc. Si eres de otro estado, también puedes llamar a los teléfonos 800 911 7877 y 800 717 2942, o mandar un correo electrónico a la dirección orientacionprofedet@stps.gob.mx. Recuerda que el aguinaldo es una prestación de ley para todos los trabajadores.CM