Jueves, 26 de Diciembre 2024

CNDH emite recomendación al INM por retener a venezolano

La CNDH, a cargo de Rosario Piedra Ibarra, expuso que la víctima estuvo retenida en la Estación Migratoria del INM en la Ciudad de México

Por: SUN .

La víctima había sido liberada de un penal varonil el 14 de octubre de 2023. SUN / ARCHIVO

La víctima había sido liberada de un penal varonil el 14 de octubre de 2023. SUN / ARCHIVO

Por haber retenido en una estación migratoria a un venezolano durante un mes, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al Instituto Nacional de Migración (INM), que dirige Francisco Garduño.

La CNDH, a cargo de Rosario Piedra Ibarra, expuso que la víctima estuvo retenida en la Estación Migratoria del INM en la Ciudad de México (EMCDMX), contraviniendo el que una persona migrante no debe estar en esa condición más de 36 horas.

Sostuvo que la víctima había sido excarcelada de un penal varonil el 14 de octubre de 2023, ya que se acogió a una suspensión condicional de ejecución de pena.

Con ese acto, se dejaba sin efectos el que tuviera que presentarse en la EMCDMX. Sin embargo, al no haber respuesta de la embajada de Venezuela, debió seguir en ese recinto.

El 19 de noviembre de 2023, se decretó la suspensión a la víctima de los actos de detención, deportación y expulsión, para el efecto de que cesara su alojamiento y se continuara con el Procedimiento Administrativo Migratorio (PAM) correspondiente, en la misma localidad. No obstante, esto se cumplió hasta el 5 de diciembre de ese año.

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Con base en el análisis de las evidencias obtenidas, la CNDH acreditó que las dos personas servidoras públicas que intervinieron en los hechos, llevaron a cabo actuaciones carentes de fundamentación y motivación, las cuales provocaron que la víctima continuara retenida en la EMCDMX de manera injustificada, ya que ni el supuesto de estar a la espera del salvoconducto de la autoridad venezolana, y menos aún, conocer si la víctima podía o no abandonar el país, implicaban motivaciones proporcionales para justificar que no se respetara el término de 36 horas, como máximo, que una persona migrante puede permanecer en una estación migratoria, según lo determina una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La CNDH recomendó al INM colaborar en la inscripción de la persona agraviada en el Registro Nacional de Víctimas, para que se realice la inmediata reparación integral del daño, que incluya la compensación proporcional a los perjuicios causados; colaborar en la presentación y seguimiento de la denuncia administrativa que esta Comisión Nacional presente, en contra de las dos personas servidoras públicas involucradas en los hechos.

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También impartir un curso integral en materia de derechos humanos, con énfasis en el derecho a la libertad personal de las personas migrantes presentadas en las estaciones migratorias, con base en la resolución de la SCJN de que éstas pueden permanecer presentadas únicamente por 36 horas.

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