Con la llegada de las fiestas patrias se incrementa el consumo del tequila; sin embargo, es importante identificar los elementos que deben contener las etiquetas de las diferentes marcas que se ofrecen en el mercado y tomar en cuenta las recomendaciones que hace el Consejo Regulador del Tequila (CRT) al momento de adquirir el producto.El CRT recomienda verificar que en la etiqueta del producto se mencionen la categoría, la palabra tequila, clase, porcentaje de alcohol, la marca y el contenido neto.Además, constatará que ostente una leyenda precautoria, contraseña oficial de la NOM, el nombre del productor autorizado por el CRT, la palabra Hecho en México, el número de lote y marbete.El Consejo Regulador del Tequila recomienda a los consumidores adquirir productos en establecimientos formales y autorizados, solicitando siempre el comprobante de compra, además de verificar que la botella cuente con el marbete nacional de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que la etiqueta esté completa, que las tapas y sellos de seguridad no presenten señales de alteración, manipulación y reutilización.Asimismo, el CRT recomienda no adquirir a través de sitios web, redes sociales y números telefónicos de dudosa procedencia, comercio informal, domicilios particulares, plataformas de comercio electrónico o cualquier otro canal que no ofrezca garantías sobre el origen y autenticidad del tequila. Aurelio López Rocha, presidente del CRT, recomendó poner atención al momento de adquirir un producto en las plataformas de comercio electrónico, ya que se han detectado algunos productos que hacen mal uso de la Denominación de Origen.Mencionó que ya se ha tenido acercamiento con las diferentes plataformas de venta en línea, buscando no solo que regulen los productos que ofrecen, sino que cumplan con la ley."La ley dice que las botellas deben destruirse para evitar que sean comercializadas o rellenadas con productos que no solo no cumplen con la norma del tequila, sino que además tienen una severa irresponsabilidad porque puede afectar a la salud y la vida de las personas", mencionó.Por este motivo, el CRT recomienda a los consumidores que, una vez que consuman el producto, rayen o tiren las etiquetas y marbetes, quiten la tapa y la tiren por separado y procuren destruir de manera segura el envase.La Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS), que en su artículo 19, fracción XVIII, señala la obligación de la destrucción de los envases vacíos de bebidas alcohólicas."Los contribuyentes que enajenen al público en general bebidas alcohólicas para su consumo en el mismo lugar o establecimiento en el que se enajenen, deberán destruir los envases que las contenían inmediatamente después de que se haya agotado su contenido. El Servicio de Administración Tributaria, a través de reglas de carácter general, podrá establecer los casos en los que no será aplicable la obligación de destruir envases a que se refiere la presente fracción", establece el documento.***Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp ***MB