Jueves, 26 de Diciembre 2024

Salvando vidas: Torito decembrino termina con 12 retenidos al día

Del 1 de diciembre de 2021 al 6 de enero de 2022 fueron detenidas 469 personas por conducir en estado de ebriedad

Por: El Informador

El Artículo 186 de la Ley de Movilidad y Transporte de Jalisco indica que conducir un vehículo bajo el influjo de las bebidas alcohólicas puede sancionarse según el nivel de alcohol en la sangre. CORTESÍA

El Artículo 186 de la Ley de Movilidad y Transporte de Jalisco indica que conducir un vehículo bajo el influjo de las bebidas alcohólicas puede sancionarse según el nivel de alcohol en la sangre. CORTESÍA

La Policía Vial parte de la Secretaría de Seguridad del Estado de Jalisco informó que en el periodo del 1 de diciembre de 2021 al 6 de enero de 2022, fueron mandados al Centro Urbano de Retención Vial por Alcoholimetría (CURVA), 469 personas, un promedio de 12 retenidos por día. De enero a octubre el promedio por día era 36 aprehendidos.

En total se realizaron 129 mil 57 pruebas, dando como resultado la emisión de 234 infracciones a conductores que dieron positivo en la ingesta de alcohol por debajo del límite permitido, aparte de los 469 detenidos, se fueron al corralón la misma cantidad de autos.

El programa Salvando Vidas continuará operando con normalidad en diferentes puntos de la Zona Metropolitana de Guadalajara, aplicando las pruebas de alcoholimetría con protocolos para prevenir contagios por COVID-19.

De acuerdo con información de la Policía Vial de la Secretaría de Seguridad de Jalisco, de enero a octubre de este año han salido positivas 10 mil 960 pruebas de alcoholimetría realizadas, un promedio de 36 al día.

La cifra significa una mínima disminución con respecto a 2020, cuando se registraron 37 pruebas positivas al día.

El Artículo 186 de la Ley de Movilidad y Transporte de Jalisco indica que conducir un vehículo bajo el influjo de las bebidas alcohólicas puede sancionarse según el nivel de alcohol en la sangre.

CORTESÍA

Las sanciones

Las sanciones contra las personas que conducen en estado de ebriedad varían según lo ingerido.

  • El estado de ebriedad que puede sancionarse es de al menos 50 miligramos de alcohol por 100 mililitros de sangre, o  de 0.25 a 0.40 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.
  • Si una persona conduce un vehículo automotor y se le detecta una cantidad superior de 50 a 80 miligramos de alcohol por 100 mililitros de sangre, o de 0.25 a 0.40 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, la multa es de 13 mil 443 a 17 mil 924 pesos.
  • Si presenta de 81 a 130 miligramos de alcohol por 100 mililitros de sangre,  o de 0.41 a 0.65 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, la sanción es el arresto administrativo inconmutable de 12 a 24 horas.
  • Por una cantidad mayor a 130 miligramos de alcohol por 100 mililitros de sangre, o más de 0.65 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, la sanción es el arresto administrativo inconmutable de 24 a 36 horas.
  • En caso de recibir una sanción, se deberá asistir a  un curso en materia de sensibilización, concientización y prevención de accidentes viales por causa de la ingesta de alcohol o el influjo de narcóticos, ante la instancia que indique la Secretaría de Seguridad.
  • Si el conductor es arrestado, será trasladado al Centro Urbano de Retención por Alcoholimetría (CURVA), en la unidad de la Policía Vial o de Tránsito Municipal, según corresponda. Además, si aseguran el vehículo, éste se envía con grúa, con cargo al conductor, a un depósito autorizado.

JL

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