Jueves, 26 de Diciembre 2024

Congreso tendrá hasta seis meses para nombrar titular en Prodeur

Hernán Cortés Berumen, presidente de la Mesa Directiva, explicó que el nombramiento del nuevo titular de la Prodeur deberá ser por periodo de cuatro años

Por: Rodrigo Rivas Uribe

Cortés Berumen informó que la carta de renuncia será turnada a las Comisiones correspondientes. EL INFORMADOR / R. Rivas

Cortés Berumen informó que la carta de renuncia será turnada a las Comisiones correspondientes. EL INFORMADOR / R. Rivas

El pleno del Congreso del Estado dará entrada oficial este viernes a la renuncia de, Trinidad Padilla López, a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado (Prodeur). El presidente de la Mesa Directiva del Legislativo, Hernán Cortés Berumen, informó que la carta de renuncia será turnada a las Comisiones de Gobernación y a la de Planeación y Ordenamiento Territorial. Explicó que el nombramiento del nuevo titular de la Prodeur deberá ser por periodo de cuatro años. 

El artículo 27 del Código Urbano del Estado especifica que en caso de ausencia temporal o definitiva del procurador el cargo será asumido por el director jurídico de la dependencia, que podrá detentar el nombramiento por término no mayor de seis meses en tanto se nombra a un nuevo procurador. El Código también contempla la intervención del Comité de Participación Social del Sistema Estatal Anticorrupción en el proceso de selección. 

De acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Legislativo, el trámite del proceso de designación de titular de la procuraduría lo deberá organizar la Comisión de Planeación, Ordenamiento Territorial y de la Gestión del Agua; que preside el diputado panista Jesús Hurtado Torres.

Entre los requisitos para ser procurador urbano figuran tener licenciatura en derecho, arquitectura, urbanismo o alguna relacionada con el desarrollo urbano o algún posgrado en la materia.  Experiencia mínima de cinco años en materia de ordenamiento y regulación del asentamiento humano y no haber desempeñado, durante los últimos cuatro años anteriores, el cargo de secretario de infraestructura o secretario de medio ambiente; ni haber sido titular de dependencias responsables de emitir dictámenes, licencias, permisos y autorizaciones en materia de urbanización.

LS

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