Lunes, 15 de Diciembre 2025

Pensión IMSS 2026: Estos son los requisitos para solicitar la pensión por viudez

Te compartimos los requisitos para solicitar la pensión por viudez del IMSS

Por: El Informador

Solo a falta de la o el cónyuge, tendrá derecho a recibir la pensión, la persona con quien la persona asegurada o pensionada vivió como si fuera su matrimonio durante los 5 años que precedieron inmediatamente a su muerte. SUN / ARCHIVO

Solo a falta de la o el cónyuge, tendrá derecho a recibir la pensión, la persona con quien la persona asegurada o pensionada vivió como si fuera su matrimonio durante los 5 años que precedieron inmediatamente a su muerte. SUN / ARCHIVO

La pensión de viudez del Instituto Mexicano del Servicio Social (IMSS), se otorga a la persona esposa(o) o, a falta de esta, a la concubina o el concubinario de la persona asegurada o pensionada fallecida. 

Solo a falta de la o el cónyuge, tendrá derecho a recibir la pensión, la persona con quien la persona asegurada o pensionada vivió como si fuera su matrimonio durante los 5 años que precedieron inmediatamente a su muerte o con quien procreó o registró hijas o hijos, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato o la persona con quien suscribió unión civil.

Si al morir, la persona asegurada tenía varias concubinas o varios concubinarios, ninguna persona de ellas gozará de pensión.

Requisitos (solicitante)

De la persona asegurada fallecida:

  • Que, al momento de la muerte, por causa distinta a un riesgo de trabajo, la persona asegurada fallecida haya tenido un mínimo de 150 semanas de cotización.
  • Debe encontrarse vigente en sus derechos o estar dentro del periodo de conservación de derechos.
  • La persona asegurada fallecida por un riesgo de trabajo no requiere haber cubierto un mínimo de semanas de cotización.
  • La persona viuda debe acreditar el vínculo matrimonial o la relación de concubinato en los términos señalados en la Ley del Seguro Social.
  • Si el fallecimiento de la persona asegurada deriva de un riesgo de trabajo, se requiere el Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3, proporcionado por los servicios de Salud en el Trabajo.

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Documentos a presentar

De la persona asegurada fallecida:

  • De la persona asegurada fallecida: Estado de cuenta, impresión obtenida de la página de internet de la Afore que maneja la cuenta individual, o contrato firmado con la Afore, solo si la persona asegurada cotizó a partir del 1 de julio de 1997, con una antigüedad no mayor a 6 meses previos a la fecha de solicitud (original y copia para cotejo).
  • Acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento (original, copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea desde la página de internet oficial, la cual será validada).
  • Acta de defunción (original, copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea desde la página de internet oficial, la cual será validada).

Si se trata de persona pensionada fallecida:

  • Acta de defunción (original, copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea, desde la página de internet oficial la cual será validada).

Si se trata de persona pensionada desaparecida:

  • Si una persona pensionada desaparece de su domicilio por más de 1 mes sin que se tengan noticias de su paradero, sus personas beneficiarias con derecho a la pensión disfrutarán de la misma en los términos de la sección del ramo de vida del Seguro de Invalidez y Vida con carácter provisional, para este caso se deberá presentar copia certificada de la denuncia presentada por la desaparición de la persona pensionada, ante el Ministerio Público correspondiente. Dicha denuncia debe contener nombre completo de la persona pensionada y fecha de inicio de la ausencia.

Documentos de la persona solicitante beneficiaria (verificar que aplica para el caso)

Esposa(o):

  • Identificación oficial con fotografía y firma, vigente de acuerdo con la legislación que aplique a cada una (original para cotejo y copia), de los enlistados en el Acuerdo de trámites vigente.
  • Comprobante de domicilio, no mayor a 90 días previos a la presentación de la solicitud (original para cotejo y copia), de los enlistados en el Acuerdo de trámites vigente.
  • Documento expedido por la institución de crédito en el cual se identifique el número de cuenta y clave bancaria estandarizada (CLABE) a nombre de la persona titular del derecho, con nivel 4 sin límite para depósito (original para cotejo y copia).
  • Acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento (original, copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea desde la página de internet oficial, la cual será validada).
  • Acta de matrimonio (original, copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea desde la página de internet oficial, la cual será validada; la fecha de expedición de este documento no deberá ser mayor a 90 días naturales, anteriores a la fecha de la solicitud del trámite y, de igual forma, la fecha de expedición deberá ser posterior a la fecha de defunción de la persona asegurada o pensionada).

Concubina(rio):

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  • Identificación oficial con fotografía y firma, vigente de acuerdo con la legislación que aplique a cada una (original para cotejo y copia), de los enlistados en el Acuerdo de trámites vigente.
  • Comprobante de domicilio, no mayor a 90 días previos a la presentación de la solicitud (original para cotejo y copia), de los enlistados en el Acuerdo de trámites vigente.
  • Documento expedido por la institución de crédito en el cual se identifique el número de cuenta y clave bancaria estandarizada (CLABE) a nombre de la persona titular del derecho, con nivel 4 sin límite para depósito (original para cotejo y copia).
  • Acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento (original, copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea desde la página de internet oficial, la cual será validada).
  • Resolución ejecutoriada emitida por autoridad judicial, que pruebe la relación de concubinato entre la persona beneficiaria y la asegurada (copia certificada); la cual deberá acreditar un periodo mínimo de 5 años de concubinato a la fecha de la solicitud; o bien, copia certificada de acta de nacimiento o de adopción respecto de los hijos o hijas en común que nacieron o hayan sido adoptados dentro de los 5 años anteriores a la fecha de la solicitud, siempre que hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.

Una vez que se cuente con todos los requisitos, se debe acudir a suscribir la solicitud de pensión en las ventanillas del Control de Prestaciones de la Unidad de Medicina Familiar que corresponda al domicilio, en un horario de 8:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes. 

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MV

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