
SAT: ¿Qué gastos médicos NO se pueden deducir de la declaración anual?
Hay gastos que aunque sean médicos, no pueden ser deducibles. Aquí te presentamos los requisitos para que sean considerados en tu declaración anual

Los contribuyentes pueden disminuir sus gastos personales en cada ejercicio fiscal. Pexels y Canva
La declaración anual es un informe detallado que se presenta ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con el objetivo de registrar ingresos, deducciones, calcular el impuesto anual y pagar o solicitar saldo a favor. Este mes, las personas físicas deberán presentar su declaración del 2024 del 1 al 30 de abril a través del portal del SAT.
En la declaración anual, los contribuyentes pueden disminuir sus gastos personales de cada ejercicio fiscal para obtener lo que se le conoce como “saldo a favor” que se te deposita en un promedio de 12 días hábiles.
Sin embargo, hay gastos que aunque sean médicos, no pueden ser deducibles, por ello, aquí te presentamos cuáles son los gastos y requisitos debes saber para que sean considerados en tu declaración anual.
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Los gastos médicos que No se pueden deducir:
- Medicinas compradas en farmacias sin factura de hospitalización. Si compras medicinas en una farmacia no pueden considerarse para las deducciones personales, a menos que estén incluidas en una factura que te haya expedido un hospital, según lo señala la ley del Impuesto Sobre la Renta.
- Compras del 100% de tu factura cuando incluya otros conceptos no deducibles como copago, coaseguro, membresías de descuento, en hospitales: florería y cafetería, etc.
- Gastos cuando no exista el comprobante fiscal correspondiente emitido en el ejercicio que aplique. Recuerda que para deducir los gastos médicos en tu declaración anual debes haberlos comprado mediante transferencia electrónica, tarjeta de débito o crédito. En caso de hacer un pago en efectivo no podrás tener tu comprobante CFDI.
- Gastos médicos de tus mascotas.
¿Qué gastos médicos SÍ puedo deducir en mi declaración anual?
- Honorarios médicos
- Dentista, tratamientos y consultas
- Servicios de psicología y nutrición
- Gastos médicos por incapacidad o discapacidad
- Gastos hospitalarios
- Medicinas incluidas en facturas por hospitalización (que se incluyan en comprobantes de hospitales, no comprobantes de farmacias)
- Análisis clínicos, estudios de laboratorio o prótesis
- Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación
- Honorarios a enfermeras
- Lentes ópticos graduados (hasta por un monto de $2,500), por cada una de las personas a las que se les compren lentes, siempre que se describan las características de dichos lentes en el comprobante o se cuente con el diagnóstico de un oftalmólogo u optometrista
¿Cuál es el límite para deducir?
El monto total de las deducciones personales no puede exceder de cinco UMAS anuales (es decir 163 mil 467 pesos) o de 15 % del total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor. Las excepciones solo pueden ser por gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, depósitos en cuentas especiales para el ahorro y colegiaturas.
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EA
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