Miércoles, 25 de Diciembre 2024
Economía | Servicio de Administración Tributaria (SAT)

¿Haces Home Office? Podrías pagar menos impuestos ante SAT; conoce los detalles

De acuerdo con la normativa del SAT, hay una serie de gastos que son deducibles de impuestos para las personas que realicen home office

Por: El Informador

De acuerdo con la normativa del SAT, hay una serie de gastos que son deducibles de impuestos para las personas que realicen home office. ESPECIAL/ CANVA

De acuerdo con la normativa del SAT, hay una serie de gastos que son deducibles de impuestos para las personas que realicen home office. ESPECIAL/ CANVA

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México compartió recientemente que las personas que realicen home office son acreedoras de ciertos beneficios de frente al pago de impuestos.

Recordemos que desde el comienzo de la pandemia por Covid-19 se impulsó en varios países alrededor del mundo el trabajo remoto o home office, lo que a la larga, para muchas empresas y empleados resultó beneficioso aún después de que se levantó la emergencia sanitaria, pues algunos sectores continuaron con esta dinámica práctica y ligera.

Por esta razón, el SAT dio a conocer que hay una serie de obligaciones fiscales que los contribuyentes deben de cumplir y que implican no solo hacer su Declaración Anual de Impuestos, sino también la posibilidad de deducir un gran número de gastos por su trabajo.

El día de hoy te compartimos los detalles sobre cómo es que las personas que realicen home office no deben de pagar ciertos impuestos ante el SAT, pues hay algunos puntos que deberán tomar en consideración.

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¿Cuáles son los impuestos que no deben de pagar las personas que hacen home office?

De acuerdo con la normativa del Servicio de Administración Tributaria (SAT), hay una serie de gastos que son deducibles de impuestos. Esto significa que al momento de hacer la Declaración Anual del ejercicio fiscal tienes derecho como contribuyente a disminuir de tus ingresos acumulables al restar algunos pagos hechos a lo largo del año.  

De manera particular, las personas que realicen home office tienen una serie de gastos proporcionales, como lo son la luz y el internet (los cuales son dos servicios esenciales para el home office).

En esta tónica, también se incluyen otros gastos que pueden descontarse de los impuestos siempre y cuando presenten los comprobantes correspondientes:

  • Renta de una oficina
  • Equipo de cómputo
  • Celulares y dispositivos electrónicos
  • Impresoras
  • Equipo necesario para una oficina
  • Equipo de transporte
  • Construcciones
  • Cuotas de seguros
  • Productos de limpieza (para mantener limpio tu espacio de trabajo).
  • Equipo de iluminación
  • Viáticos

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¿Qué tipo de pagos son los pagos que NO debes hacer en efectivo?

Asimismo, de acuerdo con la normativa del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en lo que respecta a los gastos que pueden deducirse de la Declaración Anual, se advierte que algunos de ellos podrían no ser tenidos en cuenta si la transacción se realiza en efectivo.

Esto significa que si el pago se hace mediante un sistema de pagos en el cual pueda quedar registro, no serán tomados como válidos en el proceso de deducción de impuestos, y son los siguientes:

  • Lentes ópticos graduados.
  • Seguros de gastos médicos.
  • Colegiaturas desde preescolar hasta preparatoria.
  • Servicios médicos, dentales, nutrición y psicología.
  • Gastos por hospitalización y medicinas en hospitales.
  • Estudios clínicos o análisis.
  • Prótesis.
  • Aparatos para rehabilitación.
  • Gastos funerarios de cónyuge o concubino, padres, abuelos, hijos o nietos.
  • Donativos a instituciones oficiales y autorizadas.
  • Aportaciones voluntarias al fondo de retiro.

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