Miércoles, 05 de Marzo 2025
Economía | SAT

Estas son las modificaciones del SAT para hacer más fácil la declaración anual a empresas

El SAT implementó mejoras en los formularios a fin de facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales a las personas morales

Por: SUN .

El SAT recordó que este mes le corresponde el turno a las empresas que tienen hasta el 31 de marzo para presentar la declaración anual. EL INFORMADOR / O. Álvarez

El SAT recordó que este mes le corresponde el turno a las empresas que tienen hasta el 31 de marzo para presentar la declaración anual. EL INFORMADOR / O. Álvarez

Llegó el tiempo marcado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que personas morales presenten su declaración anual, pero con modificaciones para hacerla más fácil. Aquí los detalles:

Con el inicio de la temporada de declaración de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal 2024, el SAT recordó que este mes le corresponde el turno a las empresas que tienen hasta el 31 de marzo para presentarla.

Para ello, el órgano recaudador de impuestos implementó mejoras en los formularios a fin de facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales a las personas morales.

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Se trata de funcionalidades que año con año se modernizan para que los contribuyentes visualicen la información que es administrada por el SAT.

Entre ellas, facilita la identificación de algunas deducciones aplicadas y se mantiene la precarga en estados financieros para dar mayor certeza.

Así, en esta ocasión, nuevamente los formatos ya contienen precargada información de los ingresos de pagos provisionales efectivamente pagados, retenciones efectivamente pagadas del impuesto sobre la renta (ISR) de sueldos y salarios con sus diversas modalidades como asimilados, servicios profesionales, del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y arrendamiento.

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La nómina pagada de salarios, retenciones, utilidades, subsidio al empleo, y de asimilados, también está precargada.

De igual manera, incluye información precargada de remanentes de declaraciones de ejercicios anteriores pagadas, pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos y subsidio para el empleo.

Los contribuyentes podrán ver en los formatos diversas modificaciones que se hicieron para hacer más fácil la declaración

Para el caso del Régimen General, en el apartado "Gastos", se incluyó un campo denominado "Devoluciones, descuentos y bonificaciones", en el que se encuentra la precarga del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de tipo ingresos y egresos con método de pago en una sola exhibición (PUE) y pago en parcialidades o diferido (PPD).

En la sección referente a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades pagada, "PTU pagada", se agregó el campo "PTU no deducible".

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Para este año, el formato conserva la funcionalidad del apartado "Remanentes de las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores", con la que se agrega información de los ejercicios de 2014 a 2023.

Las personas morales inscritas en el RESICO que estén en proceso de liquidación, pueden encontrar en el formulario el campo "Nómina deducible de periodos anteriores".

Incluye la nómina acumulada correspondiente al periodo de liquidación; dentro del apartado "Gastos" se agregó la sección "Devoluciones, descuentos y bonificaciones", la cual contiene la precarga de los pagos provisionales.

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Una vez que ya quedó lista la declaración y validada toda la información prellenada, las empresas deberán realizar el envío de la declaración a través del Portal del SAT en sat.gob.mx

Sólo se necesita contar con la firma electrónica (e.firma) activa.

No hay que olvidar que hay que estar al corriente con las declaraciones de pagos provisionales, las declaraciones anuales del ISR de ejercicios anteriores, las declaraciones de retenciones de pagos realizados por arrendamiento, por honorarios, RESICO de personas físicas, los sueldos y salarios, asimilados y dividendos.

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