Miércoles, 25 de Diciembre 2024

SAT: Esta será la multa en enero por no activar el Buzón Tributario

El Buzón Tributario es una herramienta electrónica diseñada para que los contribuyentes puedan interactuar con el SAT de manera más eficiente

Por: SUN .

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, aquellos que no habiliten su buzón podrían enfrentarse a multas. UNSPLASH / S. HATTINGA

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, aquellos que no habiliten su buzón podrían enfrentarse a multas. UNSPLASH / S. HATTINGA

Estamos a unos días de que diciembre de 2024 llegue a su fin, por lo que enero de 2025 está a la vuelta de la esquina y con ello algunas novedades fiscales.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), ha establecido que, a partir de enero será obligatorio para una gran parte de los contribuyentes habilitar su Buzón Tributario.

El objetivo de esta medida es mejorar la comunicación entre la autoridad fiscal y los ciudadanos, ofreciendo un canal más ágil, directo y seguro para realizar diversos trámites fiscales.

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El Buzón Tributario es una herramienta electrónica diseñada para que los contribuyentes puedan interactuar con el SAT de manera más eficiente. A través de esta plataforma, los ciudadanos podrán recibir notificaciones, solicitudes de información, y otros comunicados importantes relacionados con su situación fiscal.

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, aquellos que no habiliten su buzón podrían enfrentarse a multas de hasta 11 mil pesos, lo que refuerza la importancia de cumplir con esta obligación.

¿Quiénes están obligados a activar el Buzón Tributario?

La medida aplica a diversas categorías de contribuyentes, tanto personas físicas como morales.

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Entre las personas físicas que deben cumplir con esta normativa se incluyen aquellas que hayan obtenido ingresos por sueldos, salarios o asimilados a salarios menores a 400 mil pesos en el ejercicio fiscal anterior.

Además, contribuyentes sin actividad económica o con situación fiscal suspendida en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) también deben activar el buzón. Sin embargo, existen excepciones, como en el caso de personas morales con suspensión en su situación fiscal, quienes no estarán obligados a activar el Buzón Tributario para ciertos trámites.

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MV

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