El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció recientemente una prórroga para que los contribuyentes habiliten su Buzón Tributario, aplazando la fecha límite del 31 de diciembre del 2024 hasta el 31 de diciembre del 2025.Cabe señalar que los contribuyentes que cumplan los requisitos necesarios para la activación del Buzón y no lo hagan antes de la fecha convenida serán acreedores de una sanción.El Buzón Tributario es un canal de comunicación que simplifica la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de interés de forma ágil y segura.De acuerdo con el Servicio, todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) tienen la obligación de activar el Buzón, sin embargo, quedan fuera de esta responsabilidad las personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados o suspendidos; personas físicas sin actividades fiscales y sin actividad económica; y los contribuyentes asalariados y asimilados a salarios cuyo ingreso sea menor a los 400 mil pesos.Se tenía previsto que las sanciones por no activar el Buzón Tributario se comenzarían a asignar a partir de enero del 2025, sin embargo, tras la prórroga que otorga todo un año para poder ponerse al corriente, las sanciones entrarán en vigor a partir del 2026.Para habilitar el Buzón Tributario, el contribuyente debe acceder al Portal del SAT y dar clic en la opción "Buzón Tributario". Luego debe ingresar el RFC y contraseña o e.firma vigente, ir al apartado "Configuración" y llenar el formulario de medios de contacto.Tras este procedimiento, es necesario que el contribuyente esté al pendiente de sus medios de contacto, pues dentro de las 72 horas siguientes recibirá un correo con una liga de confirmación. Hay que hacer clic en ella para validar la cuenta.En el caso del número de celular, se enviará un SMS con el código que debe ser capturado en la opción Configuración del Buzón Tributario.MBMantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp