El pago de marcha es un apoyo económico que se entrega en una sola exhibición a la persona auxiliar o beneficiario del derechohabiente de una de las pensiones del Bienestar cuando este fallece, de acuerdo con las reglas de operación establecidas por la Secretaría del Bienestar.El sitio oficial de Programas para el Bienestar señala que el pago de marcha está disponible en la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, la Pensión Bienestar de las Personas con Discapacidad y la Pensión Mujeres Bienestar.El monto se determina según la pensión que recibía el fallecido:Para poder acceder al monto, es necesario notificar la muerte del derechohabiente en la Línea del Bienestar, al número 800 639 42 64, en un horario de 8:00 am a 9:00 pm de lunes a viernes y de 9:00 am a 7:00 pm en fines de semana y días de asueto.Al momento de llamar, es importante que la persona tenga a la mano el acta de defunción o constancia médica de fallecimiento del derechohabiente, pues durante la comunicación la operadora solicitará algunos datos contenidos en estos documentos, entre otros datos personales.La persona auxiliar recibirá instrucciones durante la llamada para recibir el pago. Luego del trámite correspondiente, el pago se emitirá en al siguiente bimestre.Para poder acceder al Pago de Marcha es necesario que la persona responsable notifique el deceso dentro del tiempo límite estipulado por el programa, es decir, dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento.* * * Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp * * *MB