Martes, 29 de Abril 2025
Economía | Infonavit

¿Cómo obtener la Subcuenta del Vivienda si el titular falleció?

El dinero de la Subcuenta de Vivienda de la persona no se pierde, existiendo la posibilidad de que sea recuperado ante el Infonavit

Por: Óscar Ernesto Álvarez Gutiérrez

El trámite de la Subcuenta de Vivienda se realiza de manera presencial ante el Infonavit. EL INFORMADOR / A. Navarro

El trámite de la Subcuenta de Vivienda se realiza de manera presencial ante el Infonavit. EL INFORMADOR / A. Navarro

Los trabajadores adscritos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) generan generan una serie de derechos, como la Subcuenta de Vivienda que, ante el fallecimiento del titular, sus beneficiarios pueden tener acceso a este recurso. Aquí los detalles:

De acuerdo con lo establecido por el mismo Infonavit, el dinero de la Subcuenta de Vivienda de la persona no se pierde, existiendo la posibilidad de que sea recuperado por los familiares directos, como los hijos o cónyuges.  

En algunos casos también pueden solicitarlo los padres o los concubinarios, siempre y cuando se acredite la unión como tal.

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Pero eso no es todo, pues si no hubo beneficiarios directos, estos pueden solicitarlo los herederos designados por testamento o por resolución judicial.

Para acceder al recurso se puede acudir a las instalaciones del Infonavit a iniciar el trámite, considerando como requisitos:

  • El acta de defunción
  • Identificación oficial vigente de cada beneficiario
  • Documentos que acrediten el parentesco o vínculo con el titular (acta de matrimonio, actas de nacimiento de los hijos, declaraciones de concubinato, testamento o resolución judicial)
  • También se requiere el número de seguridad social del trabajador fallecido

Este trámite se realiza de manera presencial, pero antes se debe generar una cita desde el portal del Infonavit (portalmx.infonavit.org.mx). En ella debe dirigirse a la sección “mi ahorro” y enseguida elegir la opción “retiro de mi ahorro”.

La subcuenta del Infonavit es una cuenta individual donde se depositan las aportaciones patronales del 5% del salario registrado de la persona trabajadora ante el IMSS, y la cual es administrada por el Infonavit. Este dinero no lo aporta el trabajador, sino el empleador, y se acumula mes a mes a lo largo de la vida laboral formal de la persona empleada.

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De esta forma, si la persona termina su vida laboral sin haber hecho uso de algún crédito del Instituto, puede proceder al retiro de estos recursos una vez que ha realizado su proceso de jubilación. Ese es el requisito principal señalado en la Ley del Infonavit para poder hacerlo. La persona debe tomar en cuenta que sólo puede llevar a cabo el trámite de devolución de este dinero cuando llegue a la edad de retiro.  

Pero antes de solicitar la devolución es importante que tome en cuenta cuándo empezó a cotizar ante el Infonavit y bajo qué régimen se encuentra, ya que de ello dependerá la forma en que le serán devueltos los recursos y el proceso que debe llevar a cabo.

En primer lugar, está el caso de aquellas personas que empezaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997. Con ellos, su dinero puede estar resguardado en tres fondos distintos, dependiendo de las fechas en las que trabajó y el patrón realizó las aportaciones al Infonavit.  

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Primero está el Fondo de Ahorro 1972-1992. Ahí se depositaron las aportaciones del empleador realizadas de mayo de 1972 a febrero de 1992.

Luego está la Subcuenta de Vivienda de 1992. Ahí se encuentran las aportaciones recibidas entre marzo de 1992 y junio de 1997.  

Finalmente, la Subcuenta de Vivienda 1997, que contiene las aportaciones realizadas por su empleador a partir del 1 de julio a la fecha.

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