Domingo, 29 de Diciembre 2024
México | Afirman que el 'Cuau' logró su registro como candidato a través de un contrato apócrifo

Piden juicio político contra Cuauhtémoc Blanco

Raúl Carrancá afirmó que el 'Cuau' logró su registro como candidato a través de un contrato apócrifo de supuesto arrendamiento

Por: SUN

El alcalde de Cuernavaca también es acusado de cobrar siete MDP por competir para la presidencia municipal. AP / ARCHIVO

El alcalde de Cuernavaca también es acusado de cobrar siete MDP por competir para la presidencia municipal. AP / ARCHIVO

CUERNAVACA, MORELOS (12/DIC/2016).- El constitucionalista Raúl Carrancá y Rivas presentó ante el Congreso de Morelos una petición de juicio político contra el edil de Cuernavaca, Cuauhtémoc Blanco Bravo, por incumplir con la residencia exigida para ser candidato a presidente municipal, autorizar donaciones sin la consulta y autorización del Cabildo y ausentarse sin razón de cabildos y de obligaciones laborales como alcalde.

Esta petición de juicio político es el cuarto intento legislativo para separar del cargo a Blanco Bravo. Primero lo hicieron los regidores de Cuernavaca mediante la revocación de mandato, cuyo proceso no funcionó. Luego tocó el turno a los diputados locales con otro proceso igual y posteriormente con una solicitud de suspensión definitiva.

Para los dos últimos casos, Blanco Bravo obtuvo una suspensión de parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, además de un amparo federal contra la revocación de mandato promovida por los diputados.

El jurista se autodenominó cuernavaquense por adopción con más de 40 años de radicar en el estado, pero además se dijo “preocupado” por las violaciones a la Constitución general y la local perpetradas por el edil Blanco Bravo. Por eso, precisó, el viernes presentó la denuncia de juicio político ante la Mesa Directiva del Congreso de Morelos bajo el señalamiento de que Blanco Bravo incumplió con los 5 años de residencia mínimos para aspirar a presidente municipal de Cuernavaca.

Carrancá afirmó que el Cuau logró su registro como candidato a través de un contrato apócrifo de supuesto arrendamiento, “mismo falso acuerdo de voluntades que a la postre fue negado por el dueño del inmueble Roberto Yáñez Vázquez”.

Yáñez Vázquez es padre de los hermanos Julio y Roberto Yáñez Moreno, responsable de convencer a Cuauhtémoc Blanco para contender por la alcaldía bajo las siglas del Partido Socialdemócrata (PSD), en los comicios de 2015. Una vez que rompieron relaciones con el "Cuau", en junio pasado, lo acusaron de obtener la residencia y el registro de contendiente con documentos apócrifos. También lo acusan de cobrar 7 millones de pesos por competir por la presidencia municipal, cuyo caso es investigado por el INE.

En conferencia de prensa, el constitucionalista afirmó que otra causal de juicio político contra Blanco Bravo estriba en que aceptó en donación obras públicas de asfalto de una empresa presuntamente afín al patrocinio económico de su campaña política. La irregularidad, dijo Carrancá, es que el alcalde no consultó y tampoco tuvo la autorización del Cabildo para aceptar las donaciones.

A Blanco también lo acusan de desatender su encargo porque, según el constitucionalista, se ausenta sin razón fundada y motivada de reuniones del Cabildo y de sus derechos y obligaciones laborales como presidente municipal.

“Es sabido que violando la ley, pasa mucho tiempo de horas laborales en la Ciudad de México o fuera de Cuernavaca, lo cual se lo prohíbe su mandato constitucional, como alcalde en funciones”, argumentó Carrancá y Rivas.

La denuncia de juicio político fue ratificada hoy en el Congreso de Morelos y, según Carrancá y Rivas, en este proceso no procede el juicio de amparo indirecto, tampoco la suspensión provisional y menos la definitiva por parte del Poder Judicial de la Federación, en caso de Blanco recurriera a la protección de la justicia federal.

Carrancá dijo que el artículo 61 de la Ley de Amparo dice que “el juicio de amparo es improcedente (…) contra las resoluciones o declaraciones del Congreso federal o de las Cámaras que lo constituyen, de las Legislaturas de los estados o de sus respectivas comisiones o diputaciones permanentes, en declaración de procedencia y juicio político, así como en elección, suspensión o remoción de funcionarios en los casos que las Constituciones correspondientes les confieran la facultad de resolver soberana o discrecionalmente”, sostuvo.

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