Sábado, 28 de Diciembre 2024
Economía | Informe de la STPS

Desecha OIT queja de electricistas contra extinción de LYFC

Con ello se determinó que la decisión presidencial estuvo acorde con los convenios internacionales y se garantizaron los derechos sindicales de los ex trabajadores

Por: SUN

Se garantizaron los derechos sindicales de los ex trabajadores de LYFC. ARCHIVO  /

Se garantizaron los derechos sindicales de los ex trabajadores de LYFC. ARCHIVO /

CIUDAD DE MÉXICO (18/JUN/2011).- La Organización Internacional del Trabajo (OIT) determinó desechar y no valorar la queja presentada por el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) en contra del decreto de extinción de la Compañía de Luz y Fuerza de 2009.

Con ello se determinó que la decisión presidencial estuvo acorde con los convenios internacionales y se garantizaron los derechos sindicales de los ex trabajadores.

Lo anterior, fue informado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), que encabeza Javier Lozano Alarcón, al señalar que de acuerdo con el organismo internacional el decreto de extinción no violó los principios de libertad sindical y de negociación colectiva.

A través de su cuenta de Twitter, el secretario Javier Lozano dijo que con esta decisión se cierra "un capítulo más en la extinción de Luz y Fuerza del Centro (LyFC), está vez por parte de la OIT".

La STPS dio a conocer que durante la reunión del Consejo de Administración de OIT, celebrada en Ginebra, Suiza, fue aprobado el Informe del Comité de Libertad Sindical, quien se encargó de examinar la queja presentada por el SME en noviembre de 2009, donde decidió desechar y no entrar al estudio del asunto.

"El Comité determinó que el Decreto de Extinción de LyFC se ajustó a los principios contenidos en los convenios número 87 sobre libertad sindical y la protección del derecho de sindicación y número 98 sobre el derecho de sindicación y negociación colectiva, ya que en todo momento se garantizaron los derechos sindicales de los trabajadores", señaló,

En su Informe -dijo la dependencia-- el Comité señala que: tras examinar la comunicación de fecha 26 de noviembre de 2009 presentada por el SME, las observaciones del gobierno y las nuevas informaciones que, a petición del Comité, transmitió el SME, se estimó que la queja en cuestión no era admisible.

"Con lo anterior, se confirma que el Gobierno de México y sus instituciones han hecho prevalecer el Estado de Derecho en el marco de una justa defensa de los intereses de los ex trabajadores de LyFC, tutelados por la legislación nacional y los convenios internacionales de los que el país es parte", dijo la STPS.

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